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La Comunidad regula las becerradas y las prácticas de los alumnos de tauromaquia
 

El Consejo de Gobierno remite al Consejo de Estado la modificación del Reglamento de Espectáculos Taurinos

Establece requisitos para estas dos actividades y se considerarán espectáculo las clases prácticas


Valdemoro, 07 de Marzo del 2008.- La Comunidad de Madrid acordó hoy remitir al Consejo de Estado la modificación del Reglamento de Espectáculos Taurinos, una medida que permitirá regular las becerradas y las prácticas de los alumnos de escuelas de tauromaquia, y evitará las lagunas legales existentes hasta el momento.

   Así, el Consejo de Gobierno analizó hoy la nueva normativa que establecerá una serie de reglas para las becerradas, como la documentación exigible, la diferenciación entre becerradas de simples aficionados y las de alumnos de escuelas taurinas, los requisitos que deben reunir estos y las características de las reses que se lidien en estos espectáculos, así como el desarrollo de los distintos tercios y suertes.

   En cuanto a las escuelas taurinas, se considerarán espectáculos taurinos las clases prácticas autorizadas, por lo que podrán tener presencia de público. Para poner en marcha esta posibilidad, se dictarán una serie de reglas específicas, entre las que destacan las certificaciones higiénico-sanitarias médicas y veterinarias, las condiciones de seguridad de estos recintos y la exigencia de seguros de responsabilidad y accidentes.

   Asimismo, se regulará la utilización de reses de lidia en plazas o recintos taurinos por profesionales. De esta manera, tendrán que ser autorizados estos entrenamientos y ser sometidos a determinadas reglas para ser desarrollados.

   La modificación del decreto realizada por la Consejería de Presidencia e Interior, departamento del que depende la normativa de espectáculos públicos, permitirá acabar con las lagunas legales existentes hasta el momento y evitar las interpretaciones que se realizaban de acuerdo a los distintos textos legales actualmente en vigor.

   La Comunidad de Madrid tiene competencia exclusiva en materia de espectáculos públicos y las normas que se aplican son de carácter estatal y autonómico. Así, está vigente la ley 17/1997 de la Comunidad de Madrid, la ley estatal 10/1991, el Real Decreto 145/1996 y el decreto 112/1996 de la Comunidad modificado parcialmente por el 102/1997, que es el que ahora se modifica.

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