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Valdemoro,
30 de
Enero del 2012.-
Izquierda Unida presentará en el próximo pleno del
Ayuntamiento de Valdemoro, que se celebrará
el día 2 de febrero, una propuesta para que en caso de embargos de bienes
inmuebles, por no poder asumir sus propietarios la deuda hipotecaria, el pago de
las plusvalías sea realizado por quienes los adquieran. En ningún caso -señala
IU en su moción- se podrá repercutir la cuota de este impuesto al contribuyente,
que es quien, precisamente, ha perdido su vivienda.
No hace falta insistir en el hecho de que
la crisis económica ha supuesto un importante incremento de las ejecuciones
hipotecarias, como consecuencia de la imposibilidad de las familias de afrontar
el pago de los préstamos suscritos para financiar la compra de su vivienda
habitual.
Pero, además, quien se ve forzado a
desprenderse de su casa está obligado a abonar el Impuesto sobre el Incremento
del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía
municipal, que se aplica a la diferencia existente entre el valor del suelo
desde que se adquirió el inmueble hasta que se enajena por cualquier razón. Es
decir, la plusvalía municipal es un impuesto sobre unas ganancias obtenidas por
la transmisión de inmuebles.
En los casos de desahucios por embargos
bancarios, los propietarios, generalmente familias con escasos recursos
económicos, no solamente pierden sus casas sino que no obtienen beneficio
económico alguno de esa transmisión forzosa. Sin embargo, están obligados a
pagar la plusvalía municipal, situación que califica de “totalmente
injustificable” el portavoz de Izquierda Unida en el Ayuntamiento, Javier Gómez.
“Nos encontramos –señala la moción que
presentará IU- con una falta de adaptación a la realidad actual de la Ley de
Haciendas Locales. Se hace tributar por una plusvalía por el incremento del
valor de los terrenos cuando se ha producido una operación en su conjunto con
pérdida para el vendedor. En la configuración de las plusvalías las únicas
bonificaciones existentes versan sobre la transmisión de la propiedad de la
vivienda habitual o del local de negocio familiar en caso de mortis causa a
favor de descendientes. Pero para la transmisión de la vivienda mediante la
dación en pago o por la ejecución hipotecaria no existe la posibilidad de
establecer bonificaciones fiscales”.
Por ello, el grupo municipal de Izquierda
Unida propone al pleno del Ayuntamiento instar al Gobierno central para que
añada un nuevo apartado en el artículo 106 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, en el que se recoja que “en las transmisiones realizadas
en subasta pública, notarial, judicial o administrativa y en las adjudicaciones
del bien inmueble a la entidad financiera en pago de la deuda prestada para su
adquisición, tendrá la consideración de sujeto pasivo sustituto la persona
física o jurídica, o las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley
General Tributaria, que adquiera el inmueble”.
Grupo Municipal Izquierda Unida de Valdemoro
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